Casación No. 355-2016   

Sentencia del 27/10/2016

“...el tribunal de casación se encuentra imposibilitado, a través del presente submotivo [Error de hecho en la apreciación de la prueba] a establecer si en el fallo recurrido se infringió algún principio constitucional, procesal o precepto legal, ya sea porque la referida Sala, ha violentado o infringido el procedimiento y con ello, conculcó un principio o garantía consagrada por la Constitución Política de la República de Guatemala, o bien, por haber valorado una prueba que no había cumplido con las etapas de la misma...
...si la recurrente estimaba que dicha Sala sentenciadora había infringido algún principio constitucional o procesal, debió invocar otro submotivo de distinta naturaleza, de igual forma se aprecia que la recurrente hizo un mal planteamiento del submotivo de casación, pues no puede hablarse de valoración de un medio de convicción, cuando se denuncia error de hecho en la apreciación de la prueba, toda vez que este submotivo de casación prescinde por completo de toda valoración probatoria y recae en los medios de prueba en cuanto el tribunal desvirtúe su contenido objetivo...”